La cuestión de la naturaleza de los ministros del Santo Oficio portugués. De las disposiciones legislativas a la práctica cotidiana
DOI:
https://doi.org/10.3989/hispania.2011.v71.i239.355Palabras clave:
Portugal, Monarquía Hispánica, Edad Moderna, Inquisición, NaturalezaResumen
Durante los casi tres siglos de su existencia, entre 1536 y 1820, numerosos extranjeros sirvieron al Santo Oficio portugués. Se trató, sobre todo, de familiares, especialmente mercaderes y hombres de negocios gallegos. Pero hubo también numerosos calificadores, algunos comisarios, varios diputados y hasta un inquisidor de origen español. En realidad, los Regimentos ordenados en 1552, 1570 y 1613 nada decían sobre la naturaleza de los ministros y oficiales del tribunal. Solo en 1640, como respuesta a los constantes debates que tuvieron lugar durante la Unión Dinástica sobre la introducción de inquisidores españoles en el tribunal portugués, el Santo Oficio luso decidió ordenar el requisito de la naturaleza. No obstante, terminada la Guerra de Restauración, los extranjeros volvieron a ingresar sin problemas en la Inquisición portuguesa que, por su parte, eliminó dicha condición en las nuevas instrucciones ordenadas por el cardenal da Cunha en 1774.
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